Mención Honorifica
categoría «B» Concedida
por la Dirección General
de la Policía y de la
Guardia Civil por los
méritos alcanzados en el
ejercicio de sus funciones.
Medalla de Oro al Mérito
en el Trabajo
Concedida al año 2017 por
la Asociación Europea de
Economía y
Competitividad como
reconocimiento al mérito
en el trabajo de
conformidad con lo
dispuesto en los Estatutos
de la Industria Asociación.
Tarjeta de Identificación Profesional ( T.I.P. 1.282 ) Numero de
Registro de Seguridad Privada ( R.N.S.P ) 10.393
SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN
EMPRESAS
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La creciente población Hispanoamericana
y del norte de África ha traido consigo nuevos
retos y necesidades:
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SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN
PARTICULARES
SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN
GENERAL
AGENCIA DE
INVESTIGACIÓN
PRIVADA
Estrella de ORO del
Instituto para la
Excelencia Profesional
como reconocimiento a la
labor profesional y
compromiso con la
Excelencia.
Marco Legal (Legalidad y
Normativa).-
La profesión de Detective Privado en España está regulada
por la Ley de Seguridad Privada, 5/2014, de 4 de abril, por el
Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se
aprueba el Reglamento de Seguridad Privada y por Orden
Ministerial del Ministerio de Justicia e Interior de fecha 7 de
julio de 1996
La Ley de Seguridad Privada 5/14 establece un marco jurídico
para sus actividades y regula su ejercicio profesional.
Igualmente regula los requisitos para obtener una Licencia o
TIP para poder trabajar como detective privado, las
obligaciones y deberes de los detectives y define el ámbito de
sus actividades y el régimen disciplinario.
Tarjeta de Identidad Profesional
(TIP).-
Para poder ejercer legalmente como Detective Privado, se
exige la obtención previa de la Licencia de Detective Privado
(TIP).Esta es expedida por el Ministerio del Interior, a través de
la Dirección General de la Policía y la Guardia Civil y acredita la
condición de Detective Privado.
Además es requisito previo la obtención de una diplomatura
universitaria en Investigación Privada, de 3 años de duración.
Para el Tribunal Supremo, el Detective Privado es un Testigo
Privilegiado en un proceso judicial, siendo un medio de
prueba dotado de exclusividad.
De esta forma la actividad de los detectives privados es
prueba válida en las distintas jurisdicciones, civil, laboral,
contencioso-administrativa, mercantil...
En resumen, la inclusión de los Detectives Privados en la Ley
de Seguridad Privada pretende garantizar la protección de los
derechos e intereses de los ciudadanos y promover la
profesionalización y regulación del sector de la seguridad
privada.
El Informe de Detective Privado
(Prueba con Validez Judicial).-
El Informe del Detective Privado es una obligación legal de las
Agencias de Investigación Privada recogido en el art. 49 de la
Ley 5/2014 de Seguridad Privada donde se establece la
obligatoriedad de entregar al cliente un informe escrito con el
resultado de la investigación realizada.
El Informe realizado por un Detective privado es válido ante
los Tribunales de Justicia, es una prueba testifical
documentada y se debe adaptar a los principios de
proporcionalidad, idoneidad y necesidad recogido en la Ley de
Seguridad Privada.
De otra parte, la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) en su
artículo 265.5 también reconoce los Informes de Detectives
Privados como medio de prueba.
Finalmente, la Jurisprudencia española ha confirmado en
reiteradas ocasiones la validez de los Informes de Detectives
Privados como medio de prueba.
De esta forma, es ejemplo como el Tribunal Supremo ha
determinado que los Informes de Detectives Privados son
pruebas lícitas y válidas, siempre que se hayan obtenido
respetando los derechos fundamentales.
Además, la jurisprudencia también ha abordado la
responsabilidad de los detectives privados en el ejercicio de su
profesión. Los detectives pueden ser responsables civilmente
si causan daños en el curso de sus investigaciones. También
pueden ser responsables penalmente si cometen delitos
como la violación de la intimidad o la difamación.
Deber de Reserva Profesional.
Por último el art. 50 de la Ley de Seguridad establece el deber
de reserva profesional de los Detectives Privados
1. Los detectives privados están obligados a guardar reserva
sobre las investigaciones que realicen, y no podrán facilitar
datos o informaciones sobre éstas más que a las personas que
se las encomendaron y a los órganos judiciales y policiales
competentes para el ejercicio de sus funciones.
2. Sólo mediante requerimiento judicial o solicitud policial
relacionada con el ejercicio de sus funciones en el curso de
una investigación criminal o de un procedimiento
sancionador se podrá acceder al contenido de las
investigaciones realizadas por los detectives privados.
Código Deontológico
Principios fundamentales en el ejercicio profesional del
Detective Privado:
1. Independencia. La independencia del Detective Privado en
el ejercicio de su profesión, que debe realizarla sin estar
sometido a ninguna presión, principalmente de aquella que
pudiera proceder de sus propios intereses o de influencias
exteriores, constituye la garantía de que los intereses del
cliente serán defendidos con objetividad.
2. Honestidad. El Detective Privado debe ser veraz, leal y
diligente en el desempeño de su función.
3. Dignidad. El Detective Privado debe actuar conforme a las
normas de honor y de dignidad de la profesión
4. Interés del cliente. El Detective Privado debe atender con
diligencia los intereses de su cliente, incluso cuando éstos
resulten contrapuestos a los suyos propios, a los de un colega
o a aquellos de la profesión en general.
5. Sigilo profesional. El Detective Privado tiene el derecho y el
deber de guardar secreto profesional de todos los hechos y
noticias que conozca por razón de su actuación profesional.
6. Incompatibilidades. El Detective Privado debe respetar en
cada momento el régimen de incompatibilidades vigente
para el ejercicio de la profesión.
7. El compromiso con la búsqueda de la verdad llevará
siempre al Detective Privado a informar sólo sobre hechos de
los cuales conoce su origen, sin falsificar documentos ni omitir
informaciones esenciales.
8. Veracidad. La veracidad de la información aportada por el
Detective Privado en sus Investigaciones para con su cliente y
ante la Administración de Justicia y Seguridad ampara su
libertad de expresión y el deber de ratificación, que deberán
ser ejercidos de forma responsable.
Obligaciones de Detective Privado
en relación al Cliente:
1. El Detective Privado ofrecerá al cliente sus conocimientos,
su experiencia y la dedicación necesaria para la buena
realización de los asuntos que se le encarguen, así como las
indicaciones y consejos que puedan ser necesarios para la
mejor realización de los mismos.
2. La relación del Detective Privado con el cliente tiene que
fundarse en una recíproca confianza.
3. El Detective Privado sólo podrá encargarse de un asunto por
mandato del cliente o por encargo de otro Detective Privado u
otro profesional.
4. El Detective Privado es libre de aceptar o rechazar los
asuntos que se le encomienden, sin necesidad de expresar los
motivos de su decisión.
5. El Detective Privado deberá ponderar el resultado previsible
del asunto encomendado y su costo aproximado y, cuando
éste resulte desproporcionado con dicho resultado previsible,
deberá expresar al cliente su opinión al respecto.
6. Todo Detective Privado deberá actuar con la debida
competencia profesional y dedicación al asunto
encomendado y no deberá aceptar mayor número de
encargos que aquellos que pueda atender debidamente ni
que superen la capacidad, medios y conocimiento de que
disponga.
7. El Detective Privado está obligado a proteger los intereses
de su cliente velando por ellos en la medida en que no se
opongan a sus deberes profesionales.
8. El Detective Privado no debe aceptar asuntos respecto de
los que mantenga intereses contrapuestos. En especial:
a) No debe aceptar asuntos en los que la parte a investigar sea
o haya sido cliente suyo o de otro Detective Privado con el que
sea socio o comparta despacho profesional.
b) No debe aceptar el asunto de un nuevo cliente si existe el
riesgo de violación del secreto de las informaciones dadas por
un antiguo cliente, o si el conocimiento de los asuntos de su
antiguo cliente puede favorecer al nuevo cliente de forma
injustificada.
9. El Detective Privado que renuncie a dirigir la investigación
de los asuntos de un cliente, siempre y cuando legalmente se
pueda, habrá de ejecutar antes de su cese los actos necesarios
para evitar la pérdida de derechos de aquél.
10. El Detective Privado nunca procederá al cobro de sus
honorarios con cargo a cantidades recibidas por cuenta del
cliente, salvo autorización expresa de éste.
Obligaciones en relación con los Tribunales y
Administraciones Públicas:
1. Son obligaciones del Detective Privado para con los Órganos
Jurisdiccionales, y las Administraciones Públicas:
a) Guardar la probidad, lealtad y veracidad en cuanto al fondo
de sus informes, declaraciones o manifestaciones y el respeto
en cuanto a la forma de su intervención.
b) La estricta colaboración para el cumplimiento de los fines
Jurisdiccionales, y preservar la seguridad ciudadana.
c) Guardar el debido respeto a los funcionarios y a todas las
personas al servicio de la Administración o que participan en
la Administración de Justicia y exigir la reciprocidad en tal
corrección.
d) Exigir a los clientes el respeto y trato correcto con los
titulares de los órganos administrativos, los funcionarios de la
Administración y con los Magistrados, Jueces, Fiscales y
demás personas que intervienen en los procesos judiciales.
e) Cumplir y hacer cumplir el principio de legalidad, incluso a
costa de sacrificios y contratiempos.
f) Contribuir a la diligente tramitación de los asuntos y
procedimientos con estricta observancia de los términos
legales correspondientes.
2. En el curso de la ratificación de los informes ante los
Juzgados y Tribunales el Detective Privado ha de comportarse,
en todo caso con una absoluta corrección.
3. El Detective Privado ha de poner especial cuidado en el
cumplimiento de los señalamientos y diligencias judiciales en
las que sea citado como experto o testigo para la ratificación
de un asunto.
4. Es obligación del Detective Privado poner en conocimiento
de la Junta Directiva las conductas, tanto de los Detectives
Privados como de los miembros de la Administración Pública
o Administración de Justicia que infrinjan las normas, para
con relación a nuestra profesión.
Obligaciones con la Parte Investigada:
1. El Detective Privado deberá abstenerse de intervenir
ilegalmente en el comportamiento o actitudes de la parte
investigada con el fin de promover o provocar situaciones que
no se darían sin esa intervención.
2. El Detective Privado deberá evitar los tratos y propuestas
antijurídicas que le hagan.
3. En todo caso, el Detective Privado deberá dar a la
contraparte un trato considerado y cortés, evitando acciones
que le puedan suponer una lesión injusta.
Del Sigilo Profesional:
1. El Detective Privado tiene el derecho y la obligación de
guardar secreto profesional respecto de los hechos de los que
tenga conocimiento por razón de cualquiera de las
modalidades de actuación profesional.
2. El sigilo profesional exige del Detective Privado la no
revelación de hechos, datos, o informaciones de carácter
reservado o confidencial, ya procedan de su cliente, del
Investigado u de otro compañero, que haya obtenido por
razón del ejercicio de su profesión en el marco de la Ley.
3. El detective Privado deberá hacer respetar el sigilo
profesional a su personal y a cualquier persona que colabore
con él en su actividad profesional.
4. La obligación de respetar el secreto profesional subsistirá
incluso después de haber cesado en la prestación de servicios.
5. El Detective Privado que obtenga grabaciones en el
transcurso de una investigación, tendrá igualmente la
obligación de guardar el debido secreto. Tales grabaciones
quedarán comprendidas en el secreto profesional y no podrán
hacerse públicas bajo ningún concepto que no entre dentro
del marco de la Ley.
6. El Detective Privado, en el marco de sus deberes legales,
deberá abstenerse de entregar a nadie que no sea su cliente
ningún tipo de información verbal, Informe escrito, o cualquier
prueba que haya obtenido en el transcurso de la investigación
con motivo de un asunto profesional, salvo que resulte
expresamente autorizado por éste.
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Casco Histórico de Vicalvaro - VILLA DE VALLECAS - Casco Histórico de Vallecas - Santa Eugenia - VILLAVERDE - Butarque - Los Ángeles
-Los Rosales - San Andrés - San Cristóbal - La Acebeda 28755 | Ajalvir 28864 | Alameda del Valle 28742 | El Álamo 28607 | El Álamo
28807 | Alcalá de Henares 28801 | Alcalá de Henares 28802 | Alcalá de Henares 28803 | Alcalá de Henares 28804 | Alcalá de
Henares 28805 | Alcalá de Henares 28806 | Alcalá de Henares 28807 | Alcobendas 28100 | Alcobendas 28108 | Alcobendas 28109 |
Alcorc ón28921 | Alcorcón 28922 | Alcorcón 28923 | Alcorcón 28924 -28925 | Aldea del Fresno 28620 | Algete 28110 | Algete
28120 | Alpedrete 28409 | Alpedrete 28430 | Ambite 28580 | Anchuelo 28818 | Aranjuez 28300 | Arganda del Rey 28500 |
Arroyomolinos 28939 | El Atazar 28189 | Batres 28939 | Batres 28976 | Becerril de la Sierra 28490 | Belmonte de Tajo 28390 |
Berzosa del Lozoya 28194 | El Berrueco 28192 | Boadilla del Monte 28660 | El Boalo 28412 | El Boalo 28413 | El Boalo 28492 |
Braojos 28737 | Brea de Tajo 28596 | Brunete 28690 | Buitrago del Lozoya 28730 | Bustarviejo 28720 | Cabanillas de la Sierra 28721
| La Cabrera 28751 | Cadalso de los Vidrios 28640 | Cadalso de los Vidrios 28648 |Camarma de Esteruelas 28816 | Campo Real
28510 | Canencia 28743 | Carabaña 28560 | Casarrubuelos 28977 | Cenicientos 28650 | Cercedilla 28470 | Cervera de Buitrago
28193 | Ciempozuelos 28350 | Cobeña 28863 | Colmenar del Arroyo 28213 | Colmenar de Oreja 28380 | Colmenarejo 28270 |
Colmenarejo 28279 | Colmenar Viejo 28120 | Colmenar Viejo 28707 | Colmenar Viejo 28750 | Colmenar Viejo 28770 | Collado
Mediano 28450 | Collado Villalba 28400 | Corpa 28811 | Coslada 28820 | Coslada 28821 | Coslada 28822 | Coslada 28823 | Cubas de
la Sagra 28978 | Chapinería 28694 | Chinchón 28370 | Daganzo de Arriba 28814 | El Escorial 28211 | El Escorial 28212 | El Escorial
28219 | El Escorial 28280 | El Escorial 28292 | Estremera 28595 | Fresnedillas de la Oliva 28214 | Fresno de Torote 28815 |
Fuenlabrada 28941 | Fuenlabrada 28942 | Fuenlabrada 28943 | Fuenlabrada 28944 | Fuenlabrada 28945 | Fuenlabrada 28946 |
Fuenlabrada 28947 | Fuente el Saz de Jarama 28140 | Fuentidueña de Tajo 28597 | Galapagar 28250 | Galapagar 28260 | Galapagar
28270 | Galapagar 28292 | Galapagar 28400 | Galapagar 28420 | Garganta de los Montes 28739 | Garganta de los Montes 28743 |
Gargantilla del Lozoya y Pinilla de Buitrago 28739 | Gascones 28737 | Getafe 28901 | Getafe 28902 | Getafe 28903 | Getafe 28904 |
Getafe 28905 | Getafe 28906 | Getafe 28907 | Getafe 28909 | Griñón 28971 | Guadalix de la Sierra 28794 | Guadarrama 28430 |
Guadarrama 28440 | Guadarrama 28480 | La Hiruela 28191 | Horcajo de la Sierra-Aoslos 28755 | Horcajuelo de la Sierra 28191 |
Hoyo de Manzanares 28240 | Hoyo de Manzanares 28248 | Humanes de Madrid 28970 | Leganés 28911 | Leganés 28912 | Leganés
28913 | Leganés 28914 | Leganés 28915 | Leganés 28916 | Leganés 28917 | Leganés 28918 | Leganés 28919 | Loeches 28890 |
Lozoya 28742 | Madarcos 28755 | Madrid 28000 - 28001 - 28002 - 28003 - 28004 - 28005 - 28006 - 28007 - 28008 - 28009 - 28010 -
28011 - 28012 - 28013 - 28014 - 28015 - 28016 - 28017 - 28018 - 28019 - 28020 - 28021 - 28022 - 28023 - 28024 - 28025 - 28026 -28027 -
28028 - 28029 - 28030 - 28031 - 28032 - 28033 - 28034 - 28035 - 28036 - 28037 - 28038 - 28039 - 28040 - 28041 - 28042 - 28043 - 28044 -
28045 - 28046 - 28047 - 28048 - 28049 - 28050 - 28051 - 28052 - 28053 - 28054 - 28055 - Majadahonda 28220 - Majadahonda 28221 -
Majadahonda 28222 - Manzanares el Real 28410 - Manzanares el Real 28470 - Manzanares el Real 28492 - Meco 28880 - Mejorada del
Campo 28840 - Miraflores de la Sierra 28792 - Los Molinos 28460 - Montejo de la Sierra 28190 - Moraleja de Enmedio 28950 -
Moralzarzal 28411 - Morata de Tajuña 28530 - Móstoles 28635 - Móstoles 28931 - Móstoles 28932 - Móstoles28933 - Móstoles 28934 -
Móstoles 28935 - Móstoles 28936 - Móstoles 28937 - Móstoles 28938 - Navacerrada 28491 - Navalafuente 28729 - Navalagamella
28210 - Navalagamella 28212 - Navalagamella 28954 - Navalcarnero 28600 - Navarredonda y San Mamés 28739 - Navas del Rey
28695 - Nuevo Baztán 28514 - Olmeda de las Fuentes 28515 - Orusco de Tajuña 28570 - Paracuellos de Jarama 28860 - Paracuellos de
Jarama 28861 - Paracuellos de Jarama 28862 - Parla 28980 - Parla 28981 - Parla 28982 - Parla 28983 - Parla 28984 - Patones 28189 -
Pedrezuela 28723 - Pelayos de la Presa 28696 - Perales de Tajuña 28540 - Pezuela de las Torres 28812 - Pinilla del Valle 28749 - Pinto
28320 - Piñuécar-Gandullas 28737 - Pozuelo de Alarcón 28223 - Pozuelo de Alarcón 28224 - Pozuelo del Rey 28813 - Prádena del
Rincón 28191 - Puebla de la Sierr 28190 - Quijorna 28693 - Rascafría 28740 - Rascafría 28749 - Redueña 28721 - Ribatejada 28815 -
Rivas-Vaciamadrid 28521 - Rivas-Vaciamadrid 28522 - Rivas-Vaciamadrid 28523 - Rivas-Vaciamadrid 28524 - Rivas-Vaciamadrid
28529 - Robledillo de la Jara 28194 - Robledo de Chavela 28294 - Robregordo 28755 - Las Rozas de Madrid 28231 - Las Rozas de
Madrid 28232 - Las Rozas de Madrid 28290 - Rozas de Puerto Real 28649 - San Agustín del Guadalix 28750 - San Fernando de
Henares 28830 -San Lorenzo de El Escorial 28200 - San Lorenzo de El Escorial 28750 - San Martín de la Vega 28330 - San Martín de
Valdeiglesias 28680 - San Sebastián de los Reyes 28700 - San Sebastián de los Reyes 28701 - San Sebastián de los Reyes 28702 - San
Sebastián de los Reyes 28703 - San Sebastián de los Reyes 28706 - San Sebastián de los Reyes 28707 - San Sebastián de los Reyes
28708 - San Sebastián de los Reyes 28709 - Santa María de la Alameda 28296 - Santa María de la Alameda 28297 - Santorcaz 28818 -
Los Santos de la Humosa 28817 - La Serna del Monte 28737 - Serranillos del Valle 28979 - Sevilla la Nueva 28609 - Somosierra
28756 - Soto del Real 28791 - Talamanca de Jarama 28160 - Tielmes 28550 - Titulcia 28359 - Torrejón de Ardoz 28850 - Torrejón de
la Calzada 28991 - Torrejón de Velasco 28990 - Torrelaguna 28180 - Torrelodones 28250 - Torremocha de Jarama 28189 - Torres de
la Alameda 28813 | Valdaracete 28594 - Valdeavero 28816 - Valdelaguna 28391 - Valdemanco 28729 - Valdemaqueda 28295 -
Valdemorillo 28210 - Valdemoro 28340 - Valdeolmos-Alalpardo 28130 - Valdepiélagos 28170 - Valdetorres de Jarama 28150 -
Valdilecha
28511 - Valverde de Alcalá 28812 - Velilla de San Antonio 28891 - El Vellón 28722 - Venturada 28729 - Villaconejos
28360 - Villa del Prado 28630 - Villalbilla 28810 - Villamanrique de Tajo 28598 - Villamanta 28610 - Villamantilla 28609 - Villanueva
de la Cañada 28691 - Villanueva de la Cañada 28692 - Villanueva del Pardillo 28229 - Villanueva de Perales 28609 - Villar del Olmo
28512 - Villar del Olmo 28514 - Villarejo de Salvanés 28590 - Villaviciosa de Odón 28670 - Villavieja del Lozoya 28739 - Zarzalejo
28293 - Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias 28752 - Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias 28753 - Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias 28754 - Puentes
Viejas 28195 - Puentes Viejas 28196 - Puentes Viejas 28754 - Tres Cantos 28760 - Tres Cantos 28761
Agencia de Detectives Aravaca - Alcobendas - Boadilla del Monte - Majadahonda -
Las Rozas - Pozuelo de Alarcón - Torrelodones
Agencia de Detectives Aravaca - Alcobendas - Boadilla del Monte - Majadahonda -
Las Rozas - Pozuelo de Alarcón - Torrelodones
Agencia de Detectives Aravaca - Alcobendas - Boadilla del Monte - Majadahonda -
Las Rozas - Pozuelo de Alarcón - Torrelodones