Agencia de Detectives Aravaca - Alcobendas - Boadilla del Monte -majadahonda - Las Rozas - Pozuelo de Alarcón - Torrelodones Agencia de Detectives Aravaca - Alcobendas - Boadilla del Monte -majadahonda - Las Rozas - Pozuelo de Alarcón - Torrelodones Agencia de Detectives Aravaca - Alcobendas - Boadilla del Monte -majadahonda - Las Rozas - Pozuelo de Alarcón - Torrelodones Agencia de Detectives Aravaca - Alcobendas - Boadilla del Monte -majadahonda - Las Rozas - Pozuelo de Alarcón - Torrelodones Agencia de Detectives Aravaca - Alcobendas - Boadilla del Monte -majadahonda - Las Rozas - Pozuelo de Alarcón - Torrelodones Agencia de Detectives Aravaca - Alcobendas - Boadilla del Monte -majadahonda - Las Rozas - Pozuelo de Alarcón - Torrelodones Agencia de Detectives Aravaca - Alcobendas - Boadilla del Monte -majadahonda - Las Rozas - Pozuelo de Alarcón - Torrelodones Agencia de Detectives Aravaca - Alcobendas - Boadilla del Monte -majadahonda - Las Rozas - Pozuelo de Alarcón - Torrelodones Agencia de Detectives Aravaca - Alcobendas - Boadilla del Monte -majadahonda - Las Rozas - Pozuelo de Alarcón - Torrelodones Agencia de Detectives Aravaca - Alcobendas - Boadilla del Monte -majadahonda - Las Rozas - Pozuelo de Alarcón - Torrelodones Agencia de Detectives Aravaca - Alcobendas - Boadilla del Monte -majadahonda - Las Rozas - Pozuelo de Alarcón - Torrelodones Agencia de Detectives Aravaca - Alcobendas - Boadilla del Monte -majadahonda - Las Rozas - Pozuelo de Alarcón - Torrelodones Agencia de Detectives  Aravaca - Alcobendas - Boadilla del Monte -majadahonda - Las Rozas - Pozuelo de Alarcón - Torrelodones
SEGUIMIENTOS LOCALIZACIONES Y BÚSQUEDAS ÁREA MERCANTIL PRUEBAS DE ADN Y PATERNIDAD.. FAMILIAS
INVESTIGACIÓN LABORAL  •	Informes Prelaborales  •	Absentismo laboral •	Hurtos internos •	Pruebas de Despidos •	Empleados desleales •	Control de Presencia •	Investigación de accidentes •	Localización Personas •	Localización Patrimonio •	Localización Herencias •	Morosos •	Informes de Solvencia •	inquilinos Morosos •	Propiedad Intelectual •	Control Franquiciados •	Competencia Desleal •	Control de Activos  •	Vulneración Pactos •	Suplantación identidad  •	Pruebas de Paternidad Trato personalizado y confidencialidad garantizada   Nuestro equipo de Detectives Privados ofrece un enfoque integral y personalizado, adaptándose a las necesidades específicas de cada cliente. Realizamos investigaciones con la máxima fiabilidad, discreción y privacidad. Contamos con una plantilla de profesionales altamente cualificados  y experimentados en el sector, lo que nos permite ofrecer un servicio de excelencia.   Especialistas en informes de investigación y obtención de pruebas con validez judicial   Nuestros detectives están especializados en la realización de informes de investigación empresarial y personal, así como en el seguimiento y la obtención rápida de información relevante para nuestros clientes.  Nos enorgullece nuestra profesionalidad y seriedad, lo que nos ha posicionado como una de las principales empresas de Investigación Privada en el sector.  Referente en el sector de la Investigación Privada   Gracias a nuestra experiencia, calidad de servicio y compromiso con la excelencia, somos reconocidos como una de las mejores agencias de detectives en Madrid. Nuestro enfoque riguroso y ético nos permite ofrecer soluciones efectivas a nuestros clientes. Confíe en nuestra agencia para obtener resultados precisos y confiables en todas sus investigaciones privadas.  Detectados Servicios de Investigación es una agencia líder en Madrid que ofrece servicios de detectives privados y peritos calígrafos judiciales. Nuestro equipo altamente capacitado y especializado se compromete a brindar un trato personalizado, confidencialidad absoluta y resultados óptimos en cada caso. Contáctenos para obtener soluciones efectivas y fiables en sus investigaciones privadas.
IIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIII IIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIII AGENCIA DE INVESTIGACIÓN PRIVADA
Detectados Servicios de Investigación es un equipo de profesionales interdisciplinar con más de 30 años de experiencia en investigación dedicada a atender todas las necesidades de empresas y particulares.
MARCO LEGAL
Bondalegrimari Reseña de      Google 5/5 · Hace 4 meses Grandes profesionales, me orientaron en todo. Muy satisfecho con el servicio. .…Más Toñi Granado Reseña de      Google 5/5 · Hace un año Los años de experiencia son el valor añadido que tienen estos grandes profesionales. No se les escapa ningún detalle, tienen un trato totalmente personalizado y su asesoramiento sin duda es el punto a destacar..…Más Sonia Fernandez Regadera Reseña de Google 5/5 · Hace 4 meses Empresa seria de detectives privados y peritos calígrafos, efectivos, rápidos y buena calidad de investigaciones e informes. Además, son muy amables con los clientes, siempre comprometidos y preocupados por realizar un buen trabajo. Recomendables al 100%!…Más Eva Carrasco Carrascal Reseña de Google 5/5 · Hace un año "Económicos y muy buenos profesionales y más aún excelentes personas …Más
Tarjeta de Identificación Profesional ( T.I.P. 1.282 ) Numero de Registro de Seguridad Privada ( R.N.S.P ) 10.393
Si lo prefiere, nosotros le llamamos. •	Custodias y Pensiones Alimenticias. •	Absentismo escolar. •	Conductas de hijos y problemas de comportamiento. •	Infidelidad sentimental  •	Informes prematrimoniales  •	Abandono del hogar  •	Okupaciones Quizá, la imagen más icónica de nuestra profesión. Y, aunque icónica, esta lejos de representar una vocación que abarca una variedad de servicios dificil de etiquetar.  Sí es cierto que gran parte de nuestra actividad consite en hacer seguimientos, pero no solo de personas: de Activos Financieros; de Herencias….Documentos, y un largo etcetera, incluso de gente desaparecida. SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN                              EMPRESAS ASOCIADOS Y COLABORADORES Detectados o EXPERTOS EN BUSQUEDAS PERSONAS HERENCIAS PATRIMONIOS MOROSOS MÁS OPINIONES QUE IMPORTAN Empresa líder de Detectives Privados y Peritos Calígrafos Judiciales  Detectados Servicios de Investigación se ha consolidado como una empresa líder en el ámbito nacional e internacional de Detectives Privados y Peritos Calígrafos Judiciales. Con sede central en Madrid, nuestro objetivo es brindar a nuestros clientes un trabajo de calidad y resultados óptimos. Utilizamos las técnicas y los medios más avanzados del mercado para obtener pruebas sólidas y verificables. Nuestros servicios de investigación privada están dirigidos tanto a empresas y profesionales como a particulares. Trato personalizado y confidencialidad garantizada  Nuestro equipo de Detectives Privados ofrece un enfoque integral y personalizado, adaptándose a las necesidades específicas de cada cliente. Realizamos investigaciones con la máxima fiabilidad, discreción y privacidad. Contamos con una plantilla de profesionales altamente cualificados  y experimentados en el sector, lo que nos permite ofrecer un servicio de excelencia. Especialistas en informes de investigación y obtención de pruebas con validez judicial
¿Busca una Agencia de Detectives que pueda presumir de profesionalida y exitosa?
La creciente población Hispanoamericana y del norte de África ha traido consigo nuevos retos y necesidades:  •	localización Familiares •	Herencias •	Antecedentes Laborales ANALISIS FORENSES •	Móviles y otros dispositivos •	Recuperación de datos •	Redes Privadas •	Rastreo actividades delictivas •	Prevención de riesgos INTELIGENCIA EMPRESARIAL •	Due Dileigence •	Análisis de competencia •	Riesgo Reputacional •	Cobertura a personal en desplazamientos •	Valoración de riesgos LEY ARRENDAMIENTO URBANO •	Duplicidad domicilio •	Obras sin permiso •	Localización arrendatarios  •	Informes de solvencia •	Traspaso ilegal •	Subarriendos HERENCIAS •	Patrimonial del Fallecido •	Del Albacea •	De los Herederos •	Localización de bienes •	Autenticar Testamentos SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN                        PARTICULARES SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN                                GENERAL LOCALIZACIONES Y BÚSQUEDAS •	Localización Personas •	Localización Patrimonio •	Localización Herencias •	Morosos •	Informes de Solvencia •	inquilinos Morosos PERITAJE CALIGRAFICO •	Peritajes Judiciales y Extrajudiciales •	Contrapericiales •	Identificación de Documentos •	Falsificación de Firmas, Documentos •	Autentificación Testamentos Ológrafos •	Autoría Anónimos, Grafitis… •	Datación Documentos ÁREA FINANCIERA •	Quiebras fraudulentas. •	Insolvencias fingidas. •	Información previa a embargos y ejecutivos •	Búsqueda de administradores y empresas. •	Investigación de socios reales. •	Suspensión de pagos. •	Alzamiento de bienes. PROPIEDAD INDUSTRIAL •	Investigación sobre patentes y marcas. •	Plagios y Falsificaciones. •	Espionaje y sabotaje industrial. •	Atentados contra la propiedad industrial. MÁS MÁS MÁS MÁS MÁS MÁS MÁS MÁS MÁS MÁS MÁS MÁS MÁS MÁS
Marco Legal (Legalidad y Normativa).- Las Agencias de Detectives en España está regulada por la Ley de Seguridad Privada, 5/2014, de 4 de abril, por el Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada y por Orden Ministerial del Ministerio de Justicia e Interior de fecha 7 de julio de 1996 La Ley de Seguridad Privada 5/14 establece un marco jurídico para sus actividades y regula su ejercicio profesional. Igualmente regula los requisitos para obtener una Licencia o TIP para poder trabajar como detective privado, las obligaciones y deberes de los detectives y define el ámbito de sus actividades y el régimen disciplinario. Tarjeta de Identidad Profesional (TIP).- Para poder ejercer legalmente como Detective Privado, se exige la obtención previa de la Licencia de Detective Privado (TIP).Esta es expedida por el Ministerio del Interior, a través de la Dirección General de la Policía y la Guardia Civil y acredita la condición de Detective Privado. Además es requisito previo la obtención de una diplomatura universitaria en Investigación Privada, de 3 años de duración. Para el Tribunal Supremo, el Detective Privado es un Testigo Privilegiado en un proceso judicial, siendo un medio de prueba dotado de exclusividad. De esta forma la actividad de los detectives privados es prueba válida en las distintas jurisdicciones, civil, laboral, contencioso-administrativa, mercantil... En resumen, la inclusión de los Detectives Privados en la Ley de Seguridad Privada pretende garantizar la protección de los derechos e intereses de los ciudadanos y promover la profesionalización y regulación del sector de la seguridad privada. El Informe de Detective Privado (Prueba con Validez Judicial).- El Informe del Detective Privado es una obligación legal de las Agencias de Investigación Privada recogido en el art. 49 de la Ley 5/2014 de Seguridad Privada donde se establece la obligatoriedad de entregar al cliente un informe escrito con el resultado de la investigación realizada. El Informe realizado por un Detective privado es válido ante los Tribunales de Justicia, es una prueba testifical documentada y se debe adaptar a los principios de proporcionalidad, idoneidad y necesidad recogido en la Ley de Seguridad Privada. De otra parte, la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) en su artículo 265.5 también reconoce los Informes de Detectives Privados como medio de prueba. Finalmente, la Jurisprudencia española ha confirmado en reiteradas ocasiones la validez de los Informes de Detectives Privados como medio de prueba. De esta forma, es ejemplo como el Tribunal Supremo ha determinado que los Informes de Detectives Privados son pruebas lícitas y válidas, siempre que se hayan obtenido respetando los derechos fundamentales. Además, la jurisprudencia también ha abordado la responsabilidad de los detectives privados en el ejercicio de su profesión. Los detectives pueden ser responsables civilmente si causan daños en el curso de sus investigaciones. También pueden ser responsables penalmente si cometen delitos como la violación de la intimidad o la difamación. Deber de Reserva Profesional. Por último el art. 50 de la Ley de Seguridad establece el deber de reserva profesional de los Detectives Privados 1. Los detectives privados están obligados a guardar reserva sobre las investigaciones que realicen, y no podrán facilitar datos o informaciones sobre éstas más que a las personas que se las encomendaron y a los órganos judiciales y policiales competentes para el ejercicio de sus funciones. 2. Sólo mediante requerimiento judicial o solicitud policial relacionada con el ejercicio de sus funciones en el curso de una investigación criminal o de un procedimiento sancionador se podrá acceder al contenido de las investigaciones realizadas por los detectives privados. Código Deontológico Principios fundamentales en el ejercicio profesional del Detective Privado: 1. Independencia. La independencia del Detective Privado en el ejercicio de su profesión, que debe realizarla sin estar sometido a ninguna presión, principalmente de aquella que pudiera proceder de sus propios intereses o de influencias exteriores, constituye la garantía de que los intereses del cliente serán defendidos con objetividad. 2. Honestidad. El Detective Privado debe ser veraz, leal y diligente en el desempeño de su función. 3. Dignidad. El Detective Privado debe actuar conforme a las normas de honor y de dignidad de la profesión 4. Interés del cliente. El Detective Privado debe atender con diligencia los intereses de su cliente, incluso cuando éstos resulten contrapuestos a los suyos propios, a los de un colega o a aquellos de la profesión en general. 5. Sigilo profesional. El Detective Privado tiene el derecho y el deber de guardar secreto profesional de todos los hechos y noticias que conozca por razón de su actuación profesional. 6. Incompatibilidades. El Detective Privado debe respetar en cada momento el régimen de incompatibilidades vigente para el ejercicio de la profesión. 7. El compromiso con la búsqueda de la verdad llevará siempre al Detective Privado a informar sólo sobre hechos de los cuales conoce su origen, sin falsificar documentos ni omitir informaciones esenciales. 8. Veracidad. La veracidad de la información aportada por el Detective Privado en sus Investigaciones para con su cliente y ante la Administración de Justicia y Seguridad ampara su libertad de expresión y el deber de ratificación, que deberán ser ejercidos de forma responsable. Obligaciones de Detective Privado en relación al Cliente: 1. El Detective Privado ofrecerá al cliente sus conocimientos, su experiencia y la dedicación necesaria para la buena realización de los asuntos que se le encarguen, así como las indicaciones y consejos que puedan ser necesarios para la mejor realización de los mismos. 2. La relación del Detective Privado con el cliente tiene que fundarse en una recíproca confianza. 3. El Detective Privado sólo podrá encargarse de un asunto por mandato del cliente o por encargo de otro Detective Privado u otro profesional. 4. El Detective Privado es libre de aceptar o rechazar los asuntos que se le encomienden, sin necesidad de expresar los motivos de su decisión. 5. El Detective Privado deberá ponderar el resultado previsible del asunto encomendado y su costo aproximado y, cuando éste resulte desproporcionado con dicho resultado previsible, deberá expresar al cliente su opinión al respecto. 6. Todo Detective Privado deberá actuar con la debida competencia profesional y dedicación al asunto encomendado y no deberá aceptar mayor número de encargos que aquellos que pueda atender debidamente ni que superen la capacidad, medios y conocimiento de que disponga. 7. El Detective Privado está obligado a proteger los intereses de su cliente velando por ellos en la medida en que no se opongan a sus deberes profesionales. 8. El Detective Privado no debe aceptar asuntos respecto de los que mantenga intereses contrapuestos. En especial: a) No debe aceptar asuntos en los que la parte a investigar sea o haya sido cliente suyo o de otro Detective Privado con el que sea socio o comparta despacho profesional. b) No debe aceptar el asunto de un nuevo cliente si existe el riesgo de violación del secreto de las informaciones dadas por un antiguo cliente, o si el conocimiento de los asuntos de su antiguo cliente puede favorecer al nuevo cliente de forma injustificada. 9. El Detective Privado que renuncie a dirigir la investigación de los asuntos de un cliente, siempre y cuando legalmente se pueda, habrá de ejecutar antes de su cese los actos necesarios para evitar la pérdida de derechos de aquél. 10. El Detective Privado nunca procederá al cobro de sus honorarios con cargo a cantidades recibidas por cuenta del cliente, salvo autorización expresa de éste. Obligaciones en relación con los Tribunales y Administraciones Públicas: 1. Son obligaciones del Detective Privado para con los Órganos Jurisdiccionales, y las Administraciones Públicas: a) Guardar la probidad, lealtad y veracidad en cuanto al fondo de sus informes, declaraciones o manifestaciones y el respeto en cuanto a la forma de su intervención. b) La estricta colaboración para el cumplimiento de los fines Jurisdiccionales, y preservar la seguridad ciudadana. c) Guardar el debido respeto a los funcionarios y a todas las personas al servicio de la Administración o que participan en la Administración de Justicia y exigir la reciprocidad en tal corrección. d) Exigir a los clientes el respeto y trato correcto con los titulares de los órganos administrativos, los funcionarios de la Administración y con los Magistrados, Jueces, Fiscales y demás personas que intervienen en los procesos judiciales. e) Cumplir y hacer cumplir el principio de legalidad, incluso a costa de sacrificios y contratiempos. f) Contribuir a la diligente tramitación de los asuntos y procedimientos con estricta observancia de los términos legales correspondientes. 2. En el curso de la ratificación de los informes ante los Juzgados y Tribunales el Detective Privado ha de comportarse, en todo caso con una absoluta corrección. 3. El Detective Privado ha de poner especial cuidado en el cumplimiento de los señalamientos y diligencias judiciales en las que sea citado como experto o testigo para la ratificación de un asunto. 4. Es obligación del Detective Privado poner en conocimiento de la Junta Directiva las conductas, tanto de los Detectives Privados como de los miembros de la Administración Pública o Administración de Justicia que infrinjan las normas, para con relación a nuestra profesión. Obligaciones con la Parte Investigada: 1. El Detective Privado deberá abstenerse de intervenir ilegalmente en el comportamiento o actitudes de la parte investigada con el fin de promover o provocar situaciones que no se darían sin esa intervención. 2. El Detective Privado deberá evitar los tratos y propuestas antijurídicas que le hagan. 3. En todo caso, el Detective Privado deberá dar a la contraparte un trato considerado y cortés, evitando acciones que le puedan suponer una lesión injusta. Del Sigilo Profesional: 1. El Detective Privado tiene el derecho y la obligación de guardar secreto profesional respecto de los hechos de los que tenga conocimiento por razón de cualquiera de las modalidades de actuación profesional. 2. El sigilo profesional exige del Detective Privado la no revelación de hechos, datos, o informaciones de carácter reservado o confidencial, ya procedan de su cliente, del Investigado u de otro compañero, que haya obtenido por razón del ejercicio de su profesión en el marco de la Ley. 3. El detective Privado deberá hacer respetar el sigilo profesional a su personal y a cualquier persona que colabore con él en su actividad profesional. 4. La obligación de respetar el secreto profesional subsistirá incluso después de haber cesado en la prestación de servicios. 5. El Detective Privado que obtenga grabaciones en el transcurso de una investigación, tendrá igualmente la obligación de guardar el debido secreto. Tales grabaciones quedarán comprendidas en el secreto profesional y no podrán hacerse públicas bajo ningún concepto que no entre dentro del marco de la Ley. 6. El Detective Privado, en el marco de sus deberes legales, deberá abstenerse de entregar a nadie que no sea su cliente ningún tipo de información verbal, Informe escrito, o cualquier prueba que haya obtenido en el transcurso de la investigación con motivo de un asunto profesional, salvo que resulte expresamente autorizado por éste.
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INVESTIGACIÓN LABORAL  •	Informes Prelaborales  •	Absentismo laboral •	Hurtos internos •	Pruebas de Despidos •	Empleados desleales •	Control de Presencia •	Investigación de accidentes •	Localización Personas •	Localización Patrimonio •	Localización Herencias •	Morosos •	Informes de Solvencia •	inquilinos Morosos •	Propiedad Intelectual •	Control Franquiciados •	Competencia Desleal •	Control de Activos  •	Vulneración Pactos •	Suplantación identidad  •	Pruebas de Paternidad Trato personalizado y confidencialidad garantizada   Nuestro equipo de Detectives Privados ofrece un enfoque integral y personalizado, adaptándose a las necesidades específicas de cada cliente. Realizamos investigaciones con la máxima fiabilidad, discreción y privacidad. Contamos con una plantilla de profesionales altamente cualificados  y experimentados en el sector, lo que nos permite ofrecer un servicio de excelencia.   Especialistas en informes de investigación y obtención de pruebas con validez judicial   Nuestros detectives están especializados en la realización de informes de investigación empresarial y personal, así como en el seguimiento y la obtención rápida de información relevante para nuestros clientes.  Nos enorgullece nuestra profesionalidad y seriedad, lo que nos ha posicionado como una de las principales empresas de Investigación Privada en el sector.  Referente en el sector de la Investigación Privada   Gracias a nuestra experiencia, calidad de servicio y compromiso con la excelencia, somos reconocidos como una de las mejores agencias de detectives en Madrid. Nuestro enfoque riguroso y ético nos permite ofrecer soluciones efectivas a nuestros clientes. Confíe en nuestra agencia para obtener resultados precisos y confiables en todas sus investigaciones privadas.  Detectados Servicios de Investigación es una agencia líder en Madrid que ofrece servicios de detectives privados y peritos calígrafos judiciales. Nuestro equipo altamente capacitado y especializado se compromete a brindar un trato personalizado, confidencialidad absoluta y resultados óptimos en cada caso. Contáctenos para obtener soluciones efectivas y fiables en sus investigaciones privadas.
IIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIII IIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIII AGENCIA DE INVESTIGACIÓN PRIVADA MARCO LEGAL
Bondalegrimari Reseña de      Google 5/5 · Hace 4 meses Grandes profesionales, me orientaron en todo. Muy satisfecho con el servicio. .…Más Toñi Granado Reseña de      Google 5/5 · Hace un año Los años de experiencia son el valor añadido que tienen estos grandes profesionales. No se les escapa ningún detalle, tienen un trato totalmente personalizado y su asesoramiento sin duda es el punto a destacar..…Más Sonia Fernandez Regadera Reseña de Google 5/5 · Hace 4 meses Empresa seria de detectives privados y peritos calígrafos, efectivos, rápidos y buena calidad de investigaciones e informes. Además, son muy amables con los clientes, siempre comprometidos y preocupados por realizar un buen trabajo. Recomendables al 100%!…Más Eva Carrasco Carrascal Reseña de Google 5/5 · Hace un año "Económicos y muy buenos profesionales y más aún excelentes personas …Más
Tarjeta de Identificación Profesional ( T.I.P. 1.282 ) Numero de Registro de Seguridad Privada ( R.N.S.P ) 10.393
Si lo prefiere, nosotros le llamamos. •	Custodias y Pensiones Alimenticias. •	Absentismo escolar. •	Conductas de hijos y problemas de comportamiento. •	Infidelidad sentimental  •	Informes prematrimoniales  •	Abandono del hogar  •	Okupaciones Quizá, la imagen más icónica de nuestra profesión. Y, aunque icónica, esta lejos de representar una vocación que abarca una variedad de servicios dificil de etiquetar.  Sí es cierto que gran parte de nuestra actividad consite en hacer seguimientos, pero no solo de personas: de Activos Financieros; de Herencias….Documentos, y un largo etcetera, incluso de gente desaparecida. SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN                              EMPRESAS ASOCIADOS Y COLABORADORES Detectados o EXPERTOS EN BUSQUEDAS PERSONAS HERENCIAS PATRIMONIOS MOROSOS MÁS OPINIONES QUE IMPORTAN Empresa líder de Detectives Privados y Peritos Calígrafos Judiciales  Detectados Servicios de Investigación se ha consolidado como una empresa líder en el ámbito nacional e internacional de Detectives Privados y Peritos Calígrafos Judiciales. Con sede central en Madrid, nuestro objetivo es brindar a nuestros clientes un trabajo de calidad y resultados óptimos. Utilizamos las técnicas y los medios más avanzados del mercado para obtener pruebas sólidas y verificables. Nuestros servicios de investigación privada están dirigidos tanto a empresas y profesionales como a particulares. Trato personalizado y confidencialidad garantizada  Nuestro equipo de Detectives Privados ofrece un enfoque integral y personalizado, adaptándose a las necesidades específicas de cada cliente. Realizamos investigaciones con la máxima fiabilidad, discreción y privacidad. Contamos con una plantilla de profesionales altamente cualificados  y experimentados en el sector, lo que nos permite ofrecer un servicio de excelencia. Especialistas en informes de investigación y obtención de pruebas con validez judicial
¿Busca una Agencia de Detectives que pueda presumir de profesionalida y exitosa?
La creciente población Hispanoamericana y del norte de África ha traido consigo nuevos retos y necesidades:  •	localización Familiares •	Herencias •	Antecedentes Laborales ANALISIS FORENSES •	Móviles y otros dispositivos •	Recuperación de datos •	Redes Privadas •	Rastreo actividades delictivas •	Prevención de riesgos INTELIGENCIA EMPRESARIAL •	Due Dileigence •	Análisis de competencia •	Riesgo Reputacional •	Cobertura a personal en desplazamientos •	Valoración de riesgos LEY ARRENDAMIENTO URBANO •	Duplicidad domicilio •	Obras sin permiso •	Localización arrendatarios  •	Informes de solvencia •	Traspaso ilegal •	Subarriendos HERENCIAS •	Patrimonial del Fallecido •	Del Albacea •	De los Herederos •	Localización de bienes •	Autenticar Testamentos SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN                        PARTICULARES SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN                                GENERAL LOCALIZACIONES Y BÚSQUEDAS •	Localización Personas •	Localización Patrimonio •	Localización Herencias •	Morosos •	Informes de Solvencia •	inquilinos Morosos PERITAJE CALIGRAFICO •	Peritajes Judiciales y Extrajudiciales •	Contrapericiales •	Identificación de Documentos •	Falsificación de Firmas, Documentos •	Autentificación Testamentos Ológrafos •	Autoría Anónimos, Grafitis… •	Datación Documentos ÁREA FINANCIERA •	Quiebras fraudulentas. •	Insolvencias fingidas. •	Información previa a embargos y ejecutivos •	Búsqueda de administradores y empresas. •	Investigación de socios reales. •	Suspensión de pagos. •	Alzamiento de bienes. PROPIEDAD INDUSTRIAL •	Investigación sobre patentes y marcas. •	Plagios y Falsificaciones. •	Espionaje y sabotaje industrial. •	Atentados contra la propiedad industrial. MÁS MÁS MÁS MÁS MÁS MÁS MÁS MÁS MÁS MÁS MÁS MÁS MÁS MÁS
Marco Legal (Legalidad y Normativa).- La profesión de Detective Privado en España está regulada por la Ley de Seguridad Privada, 5/2014, de 4 de abril, por el Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada y por Orden Ministerial del Ministerio de Justicia e Interior de fecha 7 de julio de 1996 La Ley de Seguridad Privada 5/14 establece un marco jurídico para sus actividades y regula su ejercicio profesional. Igualmente regula los requisitos para obtener una Licencia o TIP para poder trabajar como detective privado, las obligaciones y deberes de los detectives y define el ámbito de sus actividades y el régimen disciplinario. Tarjeta de Identidad Profesional (TIP).- Para poder ejercer legalmente como Detective Privado, se exige la obtención previa de la Licencia de Detective Privado (TIP).Esta es expedida por el Ministerio del Interior, a través de la Dirección General de la Policía y la Guardia Civil y acredita la condición de Detective Privado. Además es requisito previo la obtención de una diplomatura universitaria en Investigación Privada, de 3 años de duración. Para el Tribunal Supremo, el Detective Privado es un Testigo Privilegiado en un proceso judicial, siendo un medio de prueba dotado de exclusividad. De esta forma la actividad de los detectives privados es prueba válida en las distintas jurisdicciones, civil, laboral, contencioso-administrativa, mercantil... En resumen, la inclusión de los Detectives Privados en la Ley de Seguridad Privada pretende garantizar la protección de los derechos e intereses de los ciudadanos y promover la profesionalización y regulación del sector de la seguridad privada. El Informe de Detective Privado (Prueba con Validez Judicial).- El Informe del Detective Privado es una obligación legal de las Agencias de Investigación Privada recogido en el art. 49 de la Ley 5/2014 de Seguridad Privada donde se establece la obligatoriedad de entregar al cliente un informe escrito con el resultado de la investigación realizada. El Informe realizado por un Detective privado es válido ante los Tribunales de Justicia, es una prueba testifical documentada y se debe adaptar a los principios de proporcionalidad, idoneidad y necesidad recogido en la Ley de Seguridad Privada. De otra parte, la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) en su artículo 265.5 también reconoce los Informes de Detectives Privados como medio de prueba. Finalmente, la Jurisprudencia española ha confirmado en reiteradas ocasiones la validez de los Informes de Detectives Privados como medio de prueba. De esta forma, es ejemplo como el Tribunal Supremo ha determinado que los Informes de Detectives Privados son pruebas lícitas y válidas, siempre que se hayan obtenido respetando los derechos fundamentales. Además, la jurisprudencia también ha abordado la responsabilidad de los detectives privados en el ejercicio de su profesión. Los detectives pueden ser responsables civilmente si causan daños en el curso de sus investigaciones. También pueden ser responsables penalmente si cometen delitos como la violación de la intimidad o la difamación. Deber de Reserva Profesional. Por último el art. 50 de la Ley de Seguridad establece el deber de reserva profesional de los Detectives Privados 1. Los detectives privados están obligados a guardar reserva sobre las investigaciones que realicen, y no podrán facilitar datos o informaciones sobre éstas más que a las personas que se las encomendaron y a los órganos judiciales y policiales competentes para el ejercicio de sus funciones. 2. Sólo mediante requerimiento judicial o solicitud policial relacionada con el ejercicio de sus funciones en el curso de una investigación criminal o de un procedimiento sancionador se podrá acceder al contenido de las investigaciones realizadas por los detectives privados. Código Deontológico Principios fundamentales en el ejercicio profesional del Detective Privado: 1. Independencia. La independencia del Detective Privado en el ejercicio de su profesión, que debe realizarla sin estar sometido a ninguna presión, principalmente de aquella que pudiera proceder de sus propios intereses o de influencias exteriores, constituye la garantía de que los intereses del cliente serán defendidos con objetividad. 2. Honestidad. El Detective Privado debe ser veraz, leal y diligente en el desempeño de su función. 3. Dignidad. El Detective Privado debe actuar conforme a las normas de honor y de dignidad de la profesión 4. Interés del cliente. El Detective Privado debe atender con diligencia los intereses de su cliente, incluso cuando éstos resulten contrapuestos a los suyos propios, a los de un colega o a aquellos de la profesión en general. 5. Sigilo profesional. El Detective Privado tiene el derecho y el deber de guardar secreto profesional de todos los hechos y noticias que conozca por razón de su actuación profesional. 6. Incompatibilidades. El Detective Privado debe respetar en cada momento el régimen de incompatibilidades vigente para el ejercicio de la profesión. 7. El compromiso con la búsqueda de la verdad llevará siempre al Detective Privado a informar sólo sobre hechos de los cuales conoce su origen, sin falsificar documentos ni omitir informaciones esenciales. 8. Veracidad. La veracidad de la información aportada por el Detective Privado en sus Investigaciones para con su cliente y ante la Administración de Justicia y Seguridad ampara su libertad de expresión y el deber de ratificación, que deberán ser ejercidos de forma responsable. Obligaciones de Detective Privado en relación al Cliente: 1. El Detective Privado ofrecerá al cliente sus conocimientos, su experiencia y la dedicación necesaria para la buena realización de los asuntos que se le encarguen, así como las indicaciones y consejos que puedan ser necesarios para la mejor realización de los mismos. 2. La relación del Detective Privado con el cliente tiene que fundarse en una recíproca confianza. 3. El Detective Privado sólo podrá encargarse de un asunto por mandato del cliente o por encargo de otro Detective Privado u otro profesional. 4. El Detective Privado es libre de aceptar o rechazar los asuntos que se le encomienden, sin necesidad de expresar los motivos de su decisión. 5. El Detective Privado deberá ponderar el resultado previsible del asunto encomendado y su costo aproximado y, cuando éste resulte desproporcionado con dicho resultado previsible, deberá expresar al cliente su opinión al respecto. 6. Todo Detective Privado deberá actuar con la debida competencia profesional y dedicación al asunto encomendado y no deberá aceptar mayor número de encargos que aquellos que pueda atender debidamente ni que superen la capacidad, medios y conocimiento de que disponga. 7. El Detective Privado está obligado a proteger los intereses de su cliente velando por ellos en la medida en que no se opongan a sus deberes profesionales. 8. El Detective Privado no debe aceptar asuntos respecto de los que mantenga intereses contrapuestos. En especial: a) No debe aceptar asuntos en los que la parte a investigar sea o haya sido cliente suyo o de otro Detective Privado con el que sea socio o comparta despacho profesional. b) No debe aceptar el asunto de un nuevo cliente si existe el riesgo de violación del secreto de las informaciones dadas por un antiguo cliente, o si el conocimiento de los asuntos de su antiguo cliente puede favorecer al nuevo cliente de forma injustificada. 9. El Detective Privado que renuncie a dirigir la investigación de los asuntos de un cliente, siempre y cuando legalmente se pueda, habrá de ejecutar antes de su cese los actos necesarios para evitar la pérdida de derechos de aquél. 10. El Detective Privado nunca procederá al cobro de sus honorarios con cargo a cantidades recibidas por cuenta del cliente, salvo autorización expresa de éste. Obligaciones en relación con los Tribunales y Administraciones Públicas: 1. Son obligaciones del Detective Privado para con los Órganos Jurisdiccionales, y las Administraciones Públicas: a) Guardar la probidad, lealtad y veracidad en cuanto al fondo de sus informes, declaraciones o manifestaciones y el respeto en cuanto a la forma de su intervención. b) La estricta colaboración para el cumplimiento de los fines Jurisdiccionales, y preservar la seguridad ciudadana. c) Guardar el debido respeto a los funcionarios y a todas las personas al servicio de la Administración o que participan en la Administración de Justicia y exigir la reciprocidad en tal corrección. d) Exigir a los clientes el respeto y trato correcto con los titulares de los órganos administrativos, los funcionarios de la Administración y con los Magistrados, Jueces, Fiscales y demás personas que intervienen en los procesos judiciales. e) Cumplir y hacer cumplir el principio de legalidad, incluso a costa de sacrificios y contratiempos. f) Contribuir a la diligente tramitación de los asuntos y procedimientos con estricta observancia de los términos legales correspondientes. 2. En el curso de la ratificación de los informes ante los Juzgados y Tribunales el Detective Privado ha de comportarse, en todo caso con una absoluta corrección. 3. El Detective Privado ha de poner especial cuidado en el cumplimiento de los señalamientos y diligencias judiciales en las que sea citado como experto o testigo para la ratificación de un asunto. 4. Es obligación del Detective Privado poner en conocimiento de la Junta Directiva las conductas, tanto de los Detectives Privados como de los miembros de la Administración Pública o Administración de Justicia que infrinjan las normas, para con relación a nuestra profesión. Obligaciones con la Parte Investigada: 1. El Detective Privado deberá abstenerse de intervenir ilegalmente en el comportamiento o actitudes de la parte investigada con el fin de promover o provocar situaciones que no se darían sin esa intervención. 2. El Detective Privado deberá evitar los tratos y propuestas antijurídicas que le hagan. 3. En todo caso, el Detective Privado deberá dar a la contraparte un trato considerado y cortés, evitando acciones que le puedan suponer una lesión injusta. Del Sigilo Profesional: 1. El Detective Privado tiene el derecho y la obligación de guardar secreto profesional respecto de los hechos de los que tenga conocimiento por razón de cualquiera de las modalidades de actuación profesional. 2. El sigilo profesional exige del Detective Privado la no revelación de hechos, datos, o informaciones de carácter reservado o confidencial, ya procedan de su cliente, del Investigado u de otro compañero, que haya obtenido por razón del ejercicio de su profesión en el marco de la Ley. 3. El detective Privado deberá hacer respetar el sigilo profesional a su personal y a cualquier persona que colabore con él en su actividad profesional. 4. La obligación de respetar el secreto profesional subsistirá incluso después de haber cesado en la prestación de servicios. 5. El Detective Privado que obtenga grabaciones en el transcurso de una investigación, tendrá igualmente la obligación de guardar el debido secreto. Tales grabaciones quedarán comprendidas en el secreto profesional y no podrán hacerse públicas bajo ningún concepto que no entre dentro del marco de la Ley. 6. El Detective Privado, en el marco de sus deberes legales, deberá abstenerse de entregar a nadie que no sea su cliente ningún tipo de información verbal, Informe escrito, o cualquier prueba que haya obtenido en el transcurso de la investigación con motivo de un asunto profesional, salvo que resulte expresamente autorizado por éste.
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Mención Honorifica categoría «B» Concedida por la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil por los méritos alcanzados en el ejercicio de sus funciones.
Medalla de Oro al Mérito en el Trabajo Concedida al año 2017 por la Asociación Europea de Economía y Competitividad como reconocimiento al mérito en el trabajo de conformidad con lo dispuesto en los Estatutos de la Industria Asociación.
SEGUIMIENTOS LOCALIZACIONES Y BÚSQUEDAS ÁREA MERCANTIL PRUEBAS DE ADN Y PATERNIDAD.. FAMILIAS
INVESTIGACIÓN LABORAL  •	Informes Prelaborales  •	Absentismo laboral •	Hurtos internos •	Pruebas de Despidos •	Empleados desleales •	Control de Presencia •	Investigación de accidentes •	Localización Personas •	Localización Patrimonio •	Localización Herencias •	Morosos •	Informes de Solvencia •	inquilinos Morosos •	Propiedad Intelectual •	Control Franquiciados •	Competencia Desleal •	Control de Activos  •	Vulneración Pactos •	Suplantación identidad  •	Pruebas de Paternidad Trato personalizado y confidencialidad garantizada   Nuestro equipo de Detectives Privados ofrece un enfoque integral y personalizado, adaptándose a las necesidades específicas de cada cliente. Realizamos investigaciones con la máxima fiabilidad, discreción y privacidad. Contamos con una plantilla de profesionales altamente cualificados  y experimentados en el sector, lo que nos permite ofrecer un servicio de excelencia.   Especialistas en informes de investigación y obtención de pruebas con validez judicial   Nuestros detectives están especializados en la realización de informes de investigación empresarial y personal, así como en el seguimiento y la obtención rápida de información relevante para nuestros clientes.  Nos enorgullece nuestra profesionalidad y seriedad, lo que nos ha posicionado como una de las principales empresas de Investigación Privada en el sector.  Referente en el sector de la Investigación Privada   Gracias a nuestra experiencia, calidad de servicio y compromiso con la excelencia, somos reconocidos como una de las mejores agencias de detectives en Madrid. Nuestro enfoque riguroso y ético nos permite ofrecer soluciones efectivas a nuestros clientes. Confíe en nuestra agencia para obtener resultados precisos y confiables en todas sus investigaciones privadas.  Detectados Servicios de Investigación es una agencia líder en Madrid que ofrece servicios de detectives privados y peritos calígrafos judiciales. Nuestro equipo altamente capacitado y especializado se compromete a brindar un trato personalizado, confidencialidad absoluta y resultados óptimos en cada caso. Contáctenos para obtener soluciones efectivas y fiables en sus investigaciones privadas.
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Tarjeta de Identificación Profesional ( T.I.P. 1.282 ) Numero de Registro de Seguridad Privada ( R.N.S.P ) 10.393
Si lo prefiere, nosotros le llamamos. •	Custodias y Pensiones Alimenticias. •	Absentismo escolar. •	Conductas de hijos y problemas de comportamiento. •	Infidelidad sentimental  •	Informes prematrimoniales  •	Abandono del hogar  •	Okupaciones Quizá, la imagen más icónica de nuestra profesión. Y, aunque icónica, esta lejos de representar una vocación que abarca una variedad de servicios dificil de etiquetar.  Sí es cierto que gran parte de nuestra actividad consite en hacer seguimientos, pero no solo de personas: de Activos Financieros; de Herencias….Documentos, y un largo etcetera, incluso de gente desaparecida.
SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN EMPRESAS
ASOCIADOS Y COLABORADORES Detectados o EXPERTOS EN BUSQUEDAS PERSONAS HERENCIAS PATRIMONIOS MOROSOS MÁS OPINIONES QUE IMPORTAN Empresa líder de Detectives Privados y Peritos Calígrafos Judiciales  Detectados Servicios de Investigación se ha consolidado como una empresa líder en el ámbito nacional e internacional de Detectives Privados y Peritos Calígrafos Judiciales. Con sede central en Madrid, nuestro objetivo es brindar a nuestros clientes un trabajo de calidad y resultados óptimos. Utilizamos las técnicas y los medios más avanzados del mercado para obtener pruebas sólidas y verificables. Nuestros servicios de investigación privada están dirigidos tanto a empresas y profesionales como a particulares. Trato personalizado y confidencialidad garantizada  Nuestro equipo de Detectives Privados ofrece un enfoque integral y personalizado, adaptándose a las necesidades específicas de cada cliente. Realizamos investigaciones con la máxima fiabilidad, discreción y privacidad. Contamos con una plantilla de profesionales altamente cualificados  y experimentados en el sector, lo que nos permite ofrecer un servicio de excelencia. Especialistas en informes de investigación y obtención de pruebas con validez judicial
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La creciente población Hispanoamericana y del norte de África ha traido consigo nuevos retos y necesidades: localización Familiares Herencias Antecedentes Laborales
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AGENCIA DE INVESTIGACIÓN PRIVADA
Estrella de ORO del Instituto para la Excelencia Profesional como reconocimiento a la labor profesional y compromiso con la Excelencia.
Toñi Granado Reseña de      Google 5/5 · Hace un año Los años de experiencia son el valor añadido que tienen estos grandes profesionales. No se les escapa ningún detalle, tienen un trato totalmente personalizado y su asesoramiento sin duda es el punto a destacar..…Más MÁS MÁS MÁS MÁS MÁS MÁS MÁS MÁS MÁS MÁS MÁS MÁS MÁS MÁS
Marco Legal (Legalidad y Normativa).- La profesión de Detective Privado en España está regulada por la Ley de Seguridad Privada, 5/2014, de 4 de abril, por el Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada y por Orden Ministerial del Ministerio de Justicia e Interior de fecha 7 de julio de 1996 La Ley de Seguridad Privada 5/14 establece un marco jurídico para sus actividades y regula su ejercicio profesional. Igualmente regula los requisitos para obtener una Licencia o TIP para poder trabajar como detective privado, las obligaciones y deberes de los detectives y define el ámbito de sus actividades y el régimen disciplinario. Tarjeta de Identidad Profesional (TIP).- Para poder ejercer legalmente como Detective Privado, se exige la obtención previa de la Licencia de Detective Privado (TIP).Esta es expedida por el Ministerio del Interior, a través de la Dirección General de la Policía y la Guardia Civil y acredita la condición de Detective Privado. Además es requisito previo la obtención de una diplomatura universitaria en Investigación Privada, de 3 años de duración. Para el Tribunal Supremo, el Detective Privado es un Testigo Privilegiado en un proceso judicial, siendo un medio de prueba dotado de exclusividad. De esta forma la actividad de los detectives privados es prueba válida en las distintas jurisdicciones, civil, laboral, contencioso-administrativa, mercantil... En resumen, la inclusión de los Detectives Privados en la Ley de Seguridad Privada pretende garantizar la protección de los derechos e intereses de los ciudadanos y promover la profesionalización y regulación del sector de la seguridad privada. El Informe de Detective Privado (Prueba con Validez Judicial).- El Informe del Detective Privado es una obligación legal de las Agencias de Investigación Privada recogido en el art. 49 de la Ley 5/2014 de Seguridad Privada donde se establece la obligatoriedad de entregar al cliente un informe escrito con el resultado de la investigación realizada. El Informe realizado por un Detective privado es válido ante los Tribunales de Justicia, es una prueba testifical documentada y se debe adaptar a los principios de proporcionalidad, idoneidad y necesidad recogido en la Ley de Seguridad Privada. De otra parte, la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) en su artículo 265.5 también reconoce los Informes de Detectives Privados como medio de prueba. Finalmente, la Jurisprudencia española ha confirmado en reiteradas ocasiones la validez de los Informes de Detectives Privados como medio de prueba. De esta forma, es ejemplo como el Tribunal Supremo ha determinado que los Informes de Detectives Privados son pruebas lícitas y válidas, siempre que se hayan obtenido respetando los derechos fundamentales. Además, la jurisprudencia también ha abordado la responsabilidad de los detectives privados en el ejercicio de su profesión. Los detectives pueden ser responsables civilmente si causan daños en el curso de sus investigaciones. También pueden ser responsables penalmente si cometen delitos como la violación de la intimidad o la difamación. Deber de Reserva Profesional. Por último el art. 50 de la Ley de Seguridad establece el deber de reserva profesional de los Detectives Privados 1. Los detectives privados están obligados a guardar reserva sobre las investigaciones que realicen, y no podrán facilitar datos o informaciones sobre éstas más que a las personas que se las encomendaron y a los órganos judiciales y policiales competentes para el ejercicio de sus funciones. 2. Sólo mediante requerimiento judicial o solicitud policial relacionada con el ejercicio de sus funciones en el curso de una investigación criminal o de un procedimiento sancionador se podrá acceder al contenido de las investigaciones realizadas por los detectives privados. Código Deontológico Principios fundamentales en el ejercicio profesional del Detective Privado: 1. Independencia. La independencia del Detective Privado en el ejercicio de su profesión, que debe realizarla sin estar sometido a ninguna presión, principalmente de aquella que pudiera proceder de sus propios intereses o de influencias exteriores, constituye la garantía de que los intereses del cliente serán defendidos con objetividad. 2. Honestidad. El Detective Privado debe ser veraz, leal y diligente en el desempeño de su función. 3. Dignidad. El Detective Privado debe actuar conforme a las normas de honor y de dignidad de la profesión 4. Interés del cliente. El Detective Privado debe atender con diligencia los intereses de su cliente, incluso cuando éstos resulten contrapuestos a los suyos propios, a los de un colega o a aquellos de la profesión en general. 5. Sigilo profesional. El Detective Privado tiene el derecho y el deber de guardar secreto profesional de todos los hechos y noticias que conozca por razón de su actuación profesional. 6. Incompatibilidades. El Detective Privado debe respetar en cada momento el régimen de incompatibilidades vigente para el ejercicio de la profesión. 7. El compromiso con la búsqueda de la verdad llevará siempre al Detective Privado a informar sólo sobre hechos de los cuales conoce su origen, sin falsificar documentos ni omitir informaciones esenciales. 8. Veracidad. La veracidad de la información aportada por el Detective Privado en sus Investigaciones para con su cliente y ante la Administración de Justicia y Seguridad ampara su libertad de expresión y el deber de ratificación, que deberán ser ejercidos de forma responsable. Obligaciones de Detective Privado en relación al Cliente: 1. El Detective Privado ofrecerá al cliente sus conocimientos, su experiencia y la dedicación necesaria para la buena realización de los asuntos que se le encarguen, así como las indicaciones y consejos que puedan ser necesarios para la mejor realización de los mismos. 2. La relación del Detective Privado con el cliente tiene que fundarse en una recíproca confianza. 3. El Detective Privado sólo podrá encargarse de un asunto por mandato del cliente o por encargo de otro Detective Privado u otro profesional. 4. El Detective Privado es libre de aceptar o rechazar los asuntos que se le encomienden, sin necesidad de expresar los motivos de su decisión. 5. El Detective Privado deberá ponderar el resultado previsible del asunto encomendado y su costo aproximado y, cuando éste resulte desproporcionado con dicho resultado previsible, deberá expresar al cliente su opinión al respecto. 6. Todo Detective Privado deberá actuar con la debida competencia profesional y dedicación al asunto encomendado y no deberá aceptar mayor número de encargos que aquellos que pueda atender debidamente ni que superen la capacidad, medios y conocimiento de que disponga. 7. El Detective Privado está obligado a proteger los intereses de su cliente velando por ellos en la medida en que no se opongan a sus deberes profesionales. 8. El Detective Privado no debe aceptar asuntos respecto de los que mantenga intereses contrapuestos. En especial: a) No debe aceptar asuntos en los que la parte a investigar sea o haya sido cliente suyo o de otro Detective Privado con el que sea socio o comparta despacho profesional. b) No debe aceptar el asunto de un nuevo cliente si existe el riesgo de violación del secreto de las informaciones dadas por un antiguo cliente, o si el conocimiento de los asuntos de su antiguo cliente puede favorecer al nuevo cliente de forma injustificada. 9. El Detective Privado que renuncie a dirigir la investigación de los asuntos de un cliente, siempre y cuando legalmente se pueda, habrá de ejecutar antes de su cese los actos necesarios para evitar la pérdida de derechos de aquél. 10. El Detective Privado nunca procederá al cobro de sus honorarios con cargo a cantidades recibidas por cuenta del cliente, salvo autorización expresa de éste. Obligaciones en relación con los Tribunales y Administraciones Públicas: 1. Son obligaciones del Detective Privado para con los Órganos Jurisdiccionales, y las Administraciones Públicas: a) Guardar la probidad, lealtad y veracidad en cuanto al fondo de sus informes, declaraciones o manifestaciones y el respeto en cuanto a la forma de su intervención. b) La estricta colaboración para el cumplimiento de los fines Jurisdiccionales, y preservar la seguridad ciudadana. c) Guardar el debido respeto a los funcionarios y a todas las personas al servicio de la Administración o que participan en la Administración de Justicia y exigir la reciprocidad en tal corrección. d) Exigir a los clientes el respeto y trato correcto con los titulares de los órganos administrativos, los funcionarios de la Administración y con los Magistrados, Jueces, Fiscales y demás personas que intervienen en los procesos judiciales. e) Cumplir y hacer cumplir el principio de legalidad, incluso a costa de sacrificios y contratiempos. f) Contribuir a la diligente tramitación de los asuntos y procedimientos con estricta observancia de los términos legales correspondientes. 2. En el curso de la ratificación de los informes ante los Juzgados y Tribunales el Detective Privado ha de comportarse, en todo caso con una absoluta corrección. 3. El Detective Privado ha de poner especial cuidado en el cumplimiento de los señalamientos y diligencias judiciales en las que sea citado como experto o testigo para la ratificación de un asunto. 4. Es obligación del Detective Privado poner en conocimiento de la Junta Directiva las conductas, tanto de los Detectives Privados como de los miembros de la Administración Pública o Administración de Justicia que infrinjan las normas, para con relación a nuestra profesión. Obligaciones con la Parte Investigada: 1. El Detective Privado deberá abstenerse de intervenir ilegalmente en el comportamiento o actitudes de la parte investigada con el fin de promover o provocar situaciones que no se darían sin esa intervención. 2. El Detective Privado deberá evitar los tratos y propuestas antijurídicas que le hagan. 3. En todo caso, el Detective Privado deberá dar a la contraparte un trato considerado y cortés, evitando acciones que le puedan suponer una lesión injusta. Del Sigilo Profesional: 1. El Detective Privado tiene el derecho y la obligación de guardar secreto profesional respecto de los hechos de los que tenga conocimiento por razón de cualquiera de las modalidades de actuación profesional. 2. El sigilo profesional exige del Detective Privado la no revelación de hechos, datos, o informaciones de carácter reservado o confidencial, ya procedan de su cliente, del Investigado u de otro compañero, que haya obtenido por razón del ejercicio de su profesión en el marco de la Ley. 3. El detective Privado deberá hacer respetar el sigilo profesional a su personal y a cualquier persona que colabore con él en su actividad profesional. 4. La obligación de respetar el secreto profesional subsistirá incluso después de haber cesado en la prestación de servicios. 5. El Detective Privado que obtenga grabaciones en el transcurso de una investigación, tendrá igualmente la obligación de guardar el debido secreto. Tales grabaciones quedarán comprendidas en el secreto profesional y no podrán hacerse públicas bajo ningún concepto que no entre dentro del marco de la Ley. 6. El Detective Privado, en el marco de sus deberes legales, deberá abstenerse de entregar a nadie que no sea su cliente ningún tipo de información verbal, Informe escrito, o cualquier prueba que haya obtenido en el transcurso de la investigación con motivo de un asunto profesional, salvo que resulte expresamente autorizado por éste.
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